viernes, 9 de mayo de 2025

SACRAMENTOS Y RITOS SACRAMENTALES, DIALOGO SALVIFICO.

 

SACRAMENTOS Y RITOS SACRAMENTALES, DIALOGO SALVIFICO.

 

·         Nuestro punto de partida.

Bautizar es bueno, pero mejor bautizar bajo las disposiciones de la Autoridad de la Diocesis” esta fórmula aplica a todas las celebraciones de nuestros distintos ministerios. Es pues, importante que el clérigo lo tenga presente y actúe en persona de aquel que le envió pero que le sujetó a la Iglesia.

 

 

La Escolástica resalta de manera superlativa la necesidad de la conversión como argumento vital en la celebración sacramental, esta postura es propia de grandes teólogos como Buenaventura y Tomás de Aquino, también agregamos a la lista  al propio Anselmo, que como ninguno de los anteriores deja a la razón en libertad para navegar por las aguas de la reflexión e interrogación como si fuera plausible una “teoría del conocimiento” en orden a la Eucaristía, el Bautismo y nuestros ritos sacramentales. En nuestro contexto litúrgico y doctrinal, los “Ritos Sacramentales” ocupan un lugar tan importante como los mismos sacramentos y poseen una connotación tal que anima la vida del bautizado en los distintos estadios por donde este transita. el teólogo anglicano Erick Lionel Mascall (1905-1993) concluyó como inevitable e importantísimo la conversión para la recepción de la Eucaristía, y con ella los demás ritos sacramentales, que en su impronta son y serán parte de la vitalidad interior de los creyentes. Por tal razón el “indiferentismo” puede hacer perder esta relevancia en la praxis mistagógica de los ritos y su influencia como “Medios de Gracia”.

La vida de gracia fruto de los medios que nosotros empleamos requieren de la necesaria madurez para afrontar la realidad de una existencia mudable con experiencias de todo tipo, pero con una única necesidad de construir la vida y la felicidad en términos aceptables por todos. La madurez humana, debe pues, en sintonía, buscar hacer de la vida una comunión de ideas, expresiones y construcciones, donde la espiritualidad es alimentada convenientemente y los sacramentos y ritos sacramentales son un elemento indiscutido de aportación a esa edificación.

La conversión es parte de nuestra obra misionera y fruto vivo de nuestra propia ministerialidad, no se trata solo de llevar bienestar sino de construir conversión con las celebraciones de nuestros distintos ministerios. Sanar es importante para la persona y sus afectos, pero el espíritu no puede ser descuidado bajo el sofisma del bienestar material y como este lo proyectamos al mundo. La oración del clérigo debe ser proporcional a los alimentos y su ingesta, poca oración y mucho confort no genera conversión alguna. Mas que motivadores somos pastores integrales al servicio del pueblo de Dios. La fuerza de nuestra disciplina da frutos valiosos en la vida de la misión de la Iglesia.

Bautizar, confirmar, ungir, son parte activa de este dialogo de salvación conferido a la Iglesia y su institucionalidad. El clérigo debe por demás, atender las disposiciones de la Iglesia a la hora de ministrar a sus hermanos en la fe. La noción que tenemos de la universalidad del ministerio ordenado es proporcional a la libertad personal pero misteriosamente no puede ser sobrepasado por esta. Los Medios de Gracia en nuestras manos no son nuestros, la Madre de los bautizados los depositó en nuestra ministerialidad, pero bajo su disciplina y orden y disposiciones litúrgicas. El Sacramento y el Rito Sacramental pierde el valor trascendente e intrínseco de ser comunión eclesial, cuando actuamos por nuestra cuenta bajo parámetros personales y no institucionales. “Bautizar es bueno, pero mejor bautizar bajo las disposiciones de la Autoridad de la Diocesis” esta formula aplica a todas las celebraciones de nuestros distintos ministerios. Es pues, importante que el clérigo lo tenga presente y actúe en persona de aquel que le envió pero que le sujetó a la Iglesia.

·         Documentos Históricos (L.O.C)

XXIII. Del ministerio a la congregación. No es lícito a hombre alguno tomar sobre sí el oficio de la predicación pública o de la administración de los sacramentos a la congregación, sin ser antes legítimamente llamado y enviado a ejecutarlo; y debemos considerar legalmente llamados y enviados a los que son escogidos y llamados a esta obra por los hombres que tienen autoridad pública, concedida en la congregación, para llamar y enviar ministros a la viña del Señor.

 

Nuestro presente posee su propio afán y la razón es clara, una discurso supra-modernista sin raíces y débil ante la interioridad. Un discurso que supera cualquier consideración trascendente por ser parte de una expresión material tan fuerte que convierte todo en “metarrelatos” superados por la realidad y su interacción con la realidad personal, es decir, una verdad personal en medio de otras muchas verdades. La Iglesia Anglicana en el mundo, como expresión de fe en el Único Trascendente y Viviente, debe pues, argumentar el valor y legitimidad de sus ritos y celebraciones culticas, evitando ser parte de un todo artificial agotado e incapaz de dar autentica felicidad al ser humano. Aquí en cuanto a nuestra dialéctica, no olvidar nunca que las celebraciones no pueden ser ritos teatrales que dependan de la imaginación del celebrante sino expresión liturga de la Iglesia y su liturgia. El amor, la salud, la paz, el bienestar en general, si bien son universales lingüísticos significantes, no pueden ser abordados por una teología natural que pretende hacer de la Iglesia una depositaria automática de bienestar y confort, es pues, necesario reconocer el intrínseco mensaje eclesial y su valor en el mundo y fortaleza, como es el anuncio del Dios Vivo y Trascendente, nunca lejos de nosotros, pero si, por sobre cualquier otra consideración.

El cuidado pastoral nos debe llevar a establecer una praxis sacramental y ritual, donde la salvación sea la razón de ser para no convertirnos en agentes antropizados de la realidad del mundo. De una realidad que solo busca bienestar a todo nivel y poco o nada espíritu de sacrificio y seguimiento del Maestro. (Mc 8:34) nos muestra la dignidad de seguir a Cristo en el mundo sin ser comida de este, sin ser comensalía de los sentidos y valores mudables. El cristianismo nos propone un Dios Vivo y actuante, pero es también una paradoja que, en su ser absolutamente trascendente, literalmente quepamos nosotros y toda nuestra condición mudable.

La vida sacramental es también vista como un “ciclo vital” donde y con la gracia para madurar las distintas opciones y etapas de la vida de los bautizados. La “mesa abierta” no discrimina la opción de libertad de aquellos que, no obstante, optan por una praxis abierta sin sujeción a la autoridad de la Iglesia, “cosecha donde no siembra” (Mt 25:24). La siembra como proceso inevitable se reviste de alegría cuando llega el tiempo de la cosecha. Es pues, una exhortación a la vitalidad del creer y el vivir en un mismo escenario de la existencia humana.

MISTAGOGIA DE LOS RITOS.

XXV. De los sacramentos. Los sacramentos instituidos por Cristo no solamente son señales o pruebas de la profesión de los cristianos, sino más bien son testimonios ciertos y signos eficaces de la gracia y la buena voluntad de Dios hacia nosotros, por los cuales él obra invisiblemente en nosotros, y no sólo aviva sino también fortalece y confirma nuestra fe en él. Dos son los sacramentos ordenados por nuestro Señor Jesucristo en el Evangelio, a saber, el Bautismo y la Cena del Señor. Aquellos cinco, comúnmente llamados sacramentos, es decir, la Confirmación, la Penitencia, las Ordenes el Matrimonio y la Extrema Unción, no deben contarse como sacramentos del Evangelio, habiendo emanado en parte de una imitación corrompida de los apóstoles, y en parte son estados de vida permitidos en las Escrituras, pero no tienen igual naturaleza de sacramentos como la tienen el Bautismo y la Cena del Señor, porque carecen de algún signo visible o ceremonia ordenada por Dios. Los sacramentos no fueron instituidos por Cristo para ser contemplados o llevados en procesión, sino para que hagamos debido uso de ellos; y sólo en aquéllos que los reciben dignamente producen un efecto u operación saludable, pero los que indignamente los reciben compran condenación para sí mismos, como dice San Pablo.

 

Es de sentido común o sindéresis, suponer con absoluta claridad y lógica, que nuestras celebraciones son significantes, el orden del rito es el medio por el cual se exterioriza su contenido de fe. Es la relación vital entre lo que vemos y no vemos. Este ultimo concepto emana de la naturaleza de las celebraciones y el alcance de nuestro estatuto creyente. La inmanencia de la gracia se expresa en términos y modelos que conocemos en el ámbito de la Iglesia. En un contexto histórico y en referencia a la “Reforma Continental” emprendida inicialmente por Martín Lutero (1483-1546) no desconoce la existencia de los 7 sacramentos, pero ya en el ámbito de la “Reforma Insular” de la Iglesia de Inglaterra es posible ver en algunos discursos la existencia de estos mismos sacramentos, pero con la evolución de las distintas posturas teológicas en medio de esta reforma (periodo isabelino) acudimos al Articulo XXV de nuestros Documentos Históricos (L.O.C pág. 766) la discusión queda zanjada en orden a la aceptación de los ritos que comúnmente definimos como Ritos Sacramentales.  El argumento que posiciona esta afirmación lo encontramos en este artículo.

Para nosotros el papel de la Tradición es determinante para asumir que la praxis de estos ritos es de suma importancia para la “santificación vital” de la vida y obra de los bautizados. Aquí la “Historia de  Salvación” confluye en una analogía necesaria, por medio de la cual nuestra postura es dialécticamente correcta a la hora de ver con claridad como el accionar litúrgico de nuestra Iglesia contempla su confección y posterior recepción por parte de los creyentes. La “Massa populi” se corresponde a cada incorporado a la Comunión Anglicana, esta incorporación se adelanta por medio del Santo Bautismo, la Confirmación y la Recepción Canónica. El dinamismo de nuestra experiencia de Dios es clara y determinante, nosotros como ministros ordenados administramos estos ritos, pero siempre bajo la norma de la disciplina eclesial, precisamente para evitar el indiferentismo en la praxis litúrgica y como Medios de Gracia y desde luego en el enclave de los Usos y Costumbres de la Iglesia. La coherencia es articulo incontestable por el clero y sin este valor no hay confección plena de estos ritos. Recordemos aquí cual es la intencionalidad de nuestras celebraciones y confecciones de los ritos como tal y en cuanto tal.

·         Para tener presente en esta reflexión.

La Iglesia Católica Romana reconoce siete sacramentos, incluyendo el Bautismo, la Eucaristía y los otros cinco ritos sacramentales. Pedro Lombardo (c. 1095-1160) identificó estos siete ritos como sacramentos de la Iglesia. Esta postura fue confirmada por el Concilio de Florencia (1439) y el Concilio de Trento (1545-1563). La Iglesia Ortodoxa también acepta siete sacramentos. Martín Lutero (1483-1546) estaba dispuesto a identificar la Reconciliación del Penitente como un sacramento, además del Bautismo y la Eucaristía. En 1521, Enrique VIII recibió el título de "Defensor de la Fe" del Papa León X en reconocimiento a su tratado Assertio Septem Sacramentorum (Afirmación de los Siete Sacramentos),

 

 

La mistagogia en expresión de ver lo que no estamos viendo de nuestras celebraciones, debe tener en cuenta que lo que creemos esta en la praxis sacramental y los ritos que nosotros celebramos. No es factible establecer una doctrina o en consecuencia la doctrina histórica contenida en los primeros concilios (teólogos Carolinos) en esta afirmación incluimos la postura tradicional de Richard Hooker (1554-1600) como padre de nuestra teología emanada de una consideración bien compleja de la tradición escolástica.  Las operaciones de la gracia sin limite alguno dejan bien formulados nuestros ritos sacramentales y acude precisamente a la estética del rito y su dignidad para no desdibujar su importancia. Las formalidades litúrgicas no son de libre albedrio por parte del ministro ordenado sino es una obligación conceptual y procedimental a la hora de celebrar nuestros ritos sacros.

XX. De la autoridad de la Iglesia. La Iglesia tiene poder para decretar ritos o ceremonias, y autoridad en las controversias de fe. Sin embargo, no es lícito que la Iglesia ordene cosa alguna contraria a la Palabra Divina escrita, ni puede exponer una parte de las Escrituras de modo que contradiga a otra. Por ello, aunque la Iglesia sea testigo y custodio de los Libros Sagrados, así como no debe decretar nada en contra de ellos, así tampoco debe obligar a creer cosa alguna que no se halle en ellos como requisito para la salvación.

 

 

Cibergrafía.

El Libro de Oración Común

 

The Episcopal Churchhttps://www.episcopalchurch.org › 2019/11 › ellib...

 

 

Rvdo. Pbro. Diego Sabogal.

Dean Catedral San Pablo.

Breves sobre ritos.

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